| ORDEN 24 DE ENERO DE 1978 |
ÍNDICE
1. NORMAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN.
2. RESISTENCIA DE LOS MATERIALES EMPLEADOS EN LA CONSTRUCCIÓN DE EQUIPOS FRIGORÍFICOS.
3. MATERIALES EMPLEADOS EN LA CONSTRUCCIÓN DE EQUIPOS FRIGORÍFICOS.
3.1. Empleo de metales no férricos y sus aleaciones.
3.2. Tubos de material férrico.
3.3. Uniones soldadas en tubo de cobre.
3.4. Protección de conductos de cobre.
3.5. Uniones; conexiones y elementos del equipo en conductos de aire.
1. NORMAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN
Actualizada por ORDEN de 4 de noviembre de 1992
Se utilizarán con prioridad las norma UNE, completadas por códigos
o recomendaciones aceptados nacional o internacionalmente.
Se prestará especial atención al cálculo de espesores y selección
de materiales para aquellos recipientes cuya temperatura de servicio sea inferior
a -40º C.
Se utilizarán con prioridad las normas UNE o cualquier otra norma o código aceptado por los países miembros de la CEE.
Se prestará especial atención al cálculo de espesores y selección de materiales para aquellos recipientes cuya temperatura de servicio sea inferior a -40.
2. RESISTENCIA DE LOS MATERIALES EMPLEADOS EN LA CONSTRUCCIÓN DE EQUIPOS FRIGORÍFICOS
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas, cualquier elemento de un equipo frigorífico debe ser proyectado, construido y ajustado de manera que cumpla las prescripciones señaladas en el vigente Reglamento de Aparatos y Recipientes a Presión.
3. MATERIALES EMPLEADOS EN LA CONSTRUCCIÓN DE EQUIPOS FRIGORÍFICOS
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas, cualquier material empleado en la construcción e instalación de un equipo frigorífico debe ser resistente a la acción de las materias con las que entre en contacto, de forma que no pueda deteriorarse en condiciones normales de utilización, y, en especial, se tendrá en cuenta su resiliencia a efectos de su fragilidad a baja temperatura.
3.1. Empleo de metales no férricos y sus aleaciones.
Conforme a lo previsto en el párrafo anterior, queda prohibido el uso de los siguientes metales y sus aleaciones:
Los componentes de las aleaciones para soldadura fuerte se examinarán en función de su compatibilidad con los fluidos frigorígenos
3.2. Tubos de material férrico.
Actualizada por ORDEN de 4 de noviembre de 1992
Los tubos de material férrico empleados en la construcción de
elementos del equipo frigorífico o en conexiones y tuberías de paso de refrigerante
deberán ser siempre de acero estirado, no estando permitido el uso de tubo
de acero soldado longitudinalmente.
Excepcionalmente, la Dirección General de Industrias Alimentarias
y Diversas podrá autorizar el empleo de otros tipos de tubo de acero, siempre
que su utilización esté debidamente justificada.
Los tubos de material férrico empleados en la construcción de elementos del tubo frigorífico o en conexiones o tuberías de paso de refrigerante deberán ser de acero estirado, acero soldado longitudinalmente a tope, por soldeo eléctrico, por resistencia (contacto o inducción) o por cualquier procedimiento que asegure una soldadura técnicamente equivalente, u otro tipo de tubo de acero que ofrezca características de seguridad equiparables.
Con cada partida o lote de tubería no sujeta a homologación el fabricante suministrará los correspondientes certificados que acrediten las especificaciones de la misma.
Cuando se prevean temperaturas de servicio inferiores a -20ºC, independientemente del refrigerante utilizado, se deberá utilizar acero calmado como material de base.
3.3. Uniones soldadas en tubo de cobre.
Con refrigerantes del grupo primero podrán hacerse uniones por soldadura blanda.
Con refrigeración de los grupos segundo y tercero deberán ser siempre por soldadura fuerte.
3.4. Protección de conductos de cobre.
Los conductos de paso de refrigerante, de cobre dulce, deberán estar protegidos por tubos metálicos, rígidos o flexibles, cuando se utilicen en equipos con refrigerantes de los grupos segundo y tercero.
3.5. Uniones, conexiones y elementos del equipo en conductos de aire.
Si el aire circulado está destinado a acondicionamiento para confort humano, deberán poder resistir son pérdida de estanqueidad la temperatura de 535º C. A este objeto se prohíbe el empleo de soldadura blanda.